En un orden democrático le son
asignadas a las fuerzas armadas funciones destinadas a mantener el monopolio sobre el uso de las
armas dentro del espacio de una nación. Su tarea elemental y primaria es la
defensa de la soberanía nacional frente a todos quienes no la reconozcan o la
amenacen o intenten menoscabarla. En ese sentido las fuerzas armadas
constituyen uno de los pilares en la conformación de un Estado (de un Estado,
no de un gobierno) en el marco asignado por la Constitución y las Leyes.
Como ha destacado Max Weber
(Política como Profesión) quien a su vez sigue en ese tema a Thomas Hobbes, no
existe Estado sin el histórico fundamento de la violencia. Eso no significa que
el Estado sea una institución militar. Solo significa que su fundamento, vale
decir, su instancia originaria, es militar. Pero desde el momento en que el
Estado adquiere una forma jurídica-política, el Ejército pasa a ser una entidad
instrumental del Estado. El Estado –quizás debe ser reiterado- es la representación
jurídica y política de una nación
Los marxistas, sin habérselo
propuesto, han definido correctamente la esencialidad del Ejército en una
nación: el Ejército, afirman, es un aparato del Estado. Desde una posición
liberal democrática, el jurista Herman Heller en su libro clásico, Teoría del
Estado, ha señalado: “A diferencia del poder político, el militar es solo un
poder técnico que recibe del Estado la determinación de sus objetivos ý su
legitimación”.
Ambas posiciones, la marxista y
la liberal democrática están entonces de acuerdo: El Ejército está subordinado
al Estado pero el Estado no está subordinado al Ejército.
Ahora bien, el monopolio sobre
determinados instrumentos dista de ser una propiedad exclusiva de los cuerpos
armados. Por el contrario: a cada profesión le es asignada un monopolio sobre
la utilización de determinados instrumentos. En ese sentido toda profesión es
monopólica.
Expliquemos: Practicar una
profesión significa en gran medida ejercer un monopolio instrumental. Cada
profesión supone, por lo mismo, la atribución de monopolios exclusivos.
Practicar una profesión implica por lo tanto acceder a un determinado monopolio
sobre el cual cada profesión mantiene su propia exclusividad. Ningún monopolio
profesional puede reclamar para sí atribuciones que forman parte del inventario
de otro monopolio.
A los cirujanos les es asignado
el monopolio sobre el uso del instrumental quirúrgico. A los teólogos les es
concedido el monopolio para interpretar los textos sagrados. A los astrónomos,
los telescopios para escudriñar el universo. A un profesor, el monopolio para
seleccionar y distribuir textos sobre determinadas materias. A los militares,
el monopolio de resguardar la soberanía nacional mediante la utilización de
armas no autorizadas para el uso civil.
Mantener un monopolio
instrumental significa, a su vez, ejercer vigilancia para que ese monopolio no
sea transgredido por y desde otras instancias. Así como un médico debe
protegerse de brujos, charlatanes y curanderos cuando asumen funciones que solo
están reservadas a la medicina, un militar debe velar para que ningún grupo,
banda o sector social, adquiera acceso a armas que son de exclusivo uso
militar. No puede haber militares aficionados así como tampoco puede haber
médicos aficionados.
Quiere decir: un ejército que
coexiste o mantiene contactos con otros grupos armados se degrada a sí mismo
pues al renunciar al monopolio sobre la violencia armada legal se convierte en
un grupo militar entre varios abjurando de la exclusividad que demanda el
ejercicio de su profesión. Por lo mismo, un ejército que acepta la existencia
de ejércitos o cuerpos armados paralelos, deja de ser UN ejército. Tarea del
ejército es la de desarmar a grupos armados constitucionalmente no autorizados
para usar las armas. Sobre esos temas, el ejército debe deliberar antes de
actuar.
¿Deliberar? ¿No son las Fuerzas
Armadas, en tanto aparatos técnicos del Estado jurídico-político instancias no
deliberativas? ¿No esta consagrado en la mayoría de las constituciones
democráticas del mundo el principio de no-deliberación de las Fuerzas Armadas?
Esas preguntas precisan de una
aclaración:
El principio de no-deliberación
se entiende como no deliberación política, significado que obvian algunas
constituciones al considerarlo como algo que de por sí se subentiende. Sin
embargo, no es así. No son pocos los militares que consideran el principio de
no-deliberación como una afrenta a su condición de seres pensantes. Y tienen
razón. El humano, al ser pensante y hablante, es un ser deliberante.
Los militares en efecto, tienen y
deben tener atributos deliberativos. No obstante, esos atributos -este es el
meollo del tema- no pueden trascender el campo del ejercicio profesional en el
cual actúan. En ese punto el principio de no-deliberación tampoco se diferencia
del que prima en otras profesiones. Por cierto, la deliberación inter-militar
está sometida a las normas que exigen la jerarquía y la obediencia. Pero si
dejamos de lado algunas diferencias rituales basadas en ceremoniales arcaicos,
la jerarquía y la obediencia son respetadas en todas las profesiones, aún en
las más liberales.
En aras de buscar más precisión
volvamos al ejemplo más recurrente, el de un médico en un hospital.
Un médico antes de operar suele
deliberar (consigo y sus colegas) acerca del momento de la operación, acerca
del estado físico del paciente, acerca de la calidad de los medicamentos. Con
sus colegas puede deliberar, además, acerca de los horarios de trabajo, del
número de enfermeros requeridos, en fin, de cientos de aspectos que tienen que
ver con la profesión médica. Pero a un médico no le está permitido deliberar
políticamente durante el ejercicio de su profesión.
Un médico que hace arengas
políticas, agita consignas y reparte panfletos al personal hospitalario y a los
enfermos, debe ser alejado cuanto antes de su lugar de trabajo. Del mismo modo,
si un médico de derecha decide no atender a sus pacientes de izquierda, o a la
inversa, estamos frente a un caso de alta criminalidad. En la profesión militar
ocurre exactamente lo mismo.
Si un ejército brinda protección
a un solo frente político en desmedro de otro ha transgredido la función
encomendada por la Constitución. Significa simplemente que ese ejército ha sido
convertido en fuerza pretoriana al servicio de un poder ocasional y
transitorio. Si así ocurre, los miembros de toda fuerza armada se encuentran en
la obligación de devolver al ejército al lugar que le corresponde dentro del
orden institucional.
En estado de guerra los altos
mandos deben deliberar sobre estrategias y tácticas a ser empleadas para
derrotar a un enemigo. En momentos de disturbio interno pueden deliberar
también acerca de como crear condiciones de tranquilidad sin arriesgar vidas
ciudadanas. Dentro de los cuarteles a los soldados les está permitido deliberar
sobre la calidad de la alimentación, sobre la dotación que reciben, sobre el
número de los destacamentos y muchas otras cosas más. Pero al igual que a los
médicos (podríamos decir, abogados, profesores, ingenieros) a los miembros de
un ejército no les está permitido deliberar políticamente durante el ejercicio
de la profesión.
Summa Summarum: con excepción de
la profesión política ninguna profesión es políticamente deliberante durante
los momentos que impone su ejercicio. Luego, los militares de profesión no
pueden obtener más ventajas ni más desventajas que las que rigen a los
profesionales en las demás profesiones.
Ahora bien, fuera del ejercicio
de su profesión, con sus amigos, con su familia, con sus conocidos, los
militares, siempre que no porten uniformes ni armas, vale decir, en tanto
ciudadanos comunes y normales, tienen pleno derecho a deliberar políticamente.
Esa es la opinión generalizada en la
mayoría de los países democráticos.
¿Pueden afiliarse los militares
en partidos políticos? En ese punto las opiniones están divididas. En la
mayoría de los países democráticos no pueden hacerlo. Hay países en los que sí
pueden, aunque con ciertas limitaciones. En Italia, Bélgica, Israel y otros,
los contingentes no profesionalizados del ejército pueden participar
activamente en política. No así los contingentes profesionales. La opinión
general es que en democracia estos últimos no deben hacerlo por las mismas
razones que no deben hacerlo los miembros del poder judicial.
El peligro de que una deriva
autoritaria convierta a los militares y jueces en marionetas de un determinado
gobierno, está siempre latente. La no filiación política de jueces y soldados
profesionales permite por el contrario el ejercicio independiente de su
profesión a diferencia de lo que sucede en regímenes dictatoriales (Cuba, Corea
del Norte, Siria) en los cuales los militares y los jueces son obligados a ser
miembros del Partido-Estado. En este último caso hablamos de pretorianismo.
El pretorianismo surge de la
conversión de un gobierno en Estado. En los Estados pretorianos modernos, bajo el pretexto de una mayor participación
política de las fuerzas armadas, son liquidados los derechos políticos de los
militares como ciudadanos. No puede haber, en efecto, politización sin pluralismo
político. Dentro de un orden pretoriano los jueces y los militares pierden su
independencia política extra-profesional en nombre de una supuesta politización
profesional.
La no afiliación política de
jueces y soldados es según sus defensores muy importante para mantener, por lo
menos formalmente, la independencia profesional puesta al servicio de un Estado
que al ser Estado representa a todos los ciudadanos de una nación jurídica y
políticamente constituida. Su objetivo no es uniformar las mentes de los
soldados sino todo lo contrario: asegurar la independencia profesional e
incluso política de los cuerpos armados. Esa es la razón por las cual las
luchas democráticas de nuestro tiempo han incluido en sus plataformas la
independencia política de todas las profesiones, incluyendo en ellas a las
fuerzas armadas.
La no adscripción política de las
fuerzas armadas es una garantía que asegura la neutralidad profesional de los
militares en el ejercicio de su profesión así como la libertad política de los militares
en el ejercicio de sus derechos ciudadanos.
Fernando Mires
mires.fernando5@gmail.com
@FernandoMires1
Alemania